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BREVES NOTAS SOBRE EL PROCEDIMIENTO DETERMINATIVO DE OFICIO EN SU FAZ DINÁMICA por Dr. Folco PDF Imprimir Correo electrónico

BREVES NOTAS SOBRE EL PROCEDIMIENTO DETERMINATIVO DE OFICIO EN SU FAZ DINÁMICA

DR. FOLCO, CARLOS M.

I.- Deslinde conceptual entre régimen y método determinativo

Permítasenos “ab initio” clarificar que en nuestra concepción doctrinaria, nos es dable distinguir nítidamente los conceptos de “régimen determinativo” y “método determinativo”, toda vez que el primero resulta abarcativo de este último.

En este sentido, Cesar Albiñana ha ponderado que para cifrar la base imponible ha de seguirse un régimen jurídico (principios de legalidad y seguridad jurídica) que, a su vez, establece un método (aspecto material) y un procedimiento (aspecto formal) al expresado fin.

Etimológicamente, el vocablo “régimen” (del latín régimen) significa el conjunto de normas que gobiernan o rigen una cosa o una actividad.

Lo jurídico implica la elevación a tal categoría de los métodos determinativos, entendidos éstos como un conjunto de operaciones que permite pasar de la base imponible abstractamente definida por la ley reguladora de un tributo a la base concreta e individual (Génova Galván), o sea, considerarlos como instrumentos técnicos que permiten el tránsito de la base normativa a la base fáctica (Sainz de Bujanda).

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PROPUESTAS TÉCNICAS PARA ENFRENTAR LA EVASIÓN PDF Imprimir Correo electrónico

 

PROPUESTAS TÉCNICAS PARA ENFRENTAR LA EVASIÓN

Por Humberto P. Diez; Alberto P. Coto

Fuente Errepar

La evasión tributaria, tema de interés no sólo local sino también de los más prestigiosos foros de discusión fiscal de todo el mundo, no es un hecho atribuible a una causa única, sino que su origen radica en la interacción de una serie de circunstancias. Resaltando la necesidad de un trabajo psicosocial destinado a concientizar a las generaciones venideras, los autores se refieren aquí a las causas técnicas de la evasión en nuestro país y plantean algunos posibles remedios, entre los cuales proponen ajustar el sistema impositivo para que sea coherente con los principios de tributación, dotar a las normas tributarias de una estabilidad y vigencia que se prolongue en el tiempo, elaborar herramientas de lucha válidas contra la factura apócrifa, y dar estabilidad al uso de los sistemas operativos con los que se determinan y liquidan las obligaciones impositivas y previsionales.

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Elusión por Marrama PDF Imprimir Correo electrónico

PRINCIPIO DE REALIDAD ECONÓMICA Y ECONOMÍA DE OPCIÓN

Silvia Estela Marrama

1. Ponencia La economía de opción implica la elección del régimen fiscal menos oneroso entre aquellos que el ordenamiento jurídico permite.

El principio de realidad económica no es principalmente un instrumento para combatir la evasión sino un instrumento de hermenéutica jurídica.

Este principio tiene varios límites, uno de ellos establecido por ley: no es aplicable cuando las estructuras jurídicas sean manifiestamente las que la ley ofrece.

La solución frente a actos jurídicos que implican una mera “economía de opción” es la enmienda legislativa que prevea la configuración del hecho imponible en estas situaciones.

El principio de realidad económica no es aplicable, como presunción de dolo, en el derecho penal tributario.

El delito de evasión requiere idoneidad del ardid.

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La Elusión Tributaria por Bonzon Rafart PDF Imprimir Correo electrónico

LA ELUSION TRIBUTARIA

BONZON RAFART, JUAN

1-INTRODUCCION.

Las personas, ya sean físicas o jurídicas, son libres de instrumentar sus relaciones civiles o comerciales con otras personas, de la manera que consideren más conveniente, utilizando inclusive formas no previstas ni tipificadas por la ley(contratos innominados).

Asimismo, las leyes tributarias toman muchas veces esos instrumentos y/o las relaciones jurídicas que los subyacen, como hechos imponibles generadores de obligaciones impositivas.

Las formas instrumentales elegidas por las personas para regular sus relaciones jurídicas, no deben ser necesariamente observadas y tenidas en cuenta por el fisco de igual manera, ya que éste, basado en el principio de la realidad económica, puede prescindir de tales formas y valorar el negocio jurídico, acto o contrato empíricamente. (1)

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Evasión Fiscal México PDF Imprimir Correo electrónico

3.2. EVASIÓN FISCAL

El presente capítulo manejará el fundamento de la obligación tributaria, definiciones de evasión fiscal, su clasificación, los elementos que se deben considerar para hablar de evasión fiscal, las causas y consecuencias de este problema, sus responsables, la actitud de las autoridades y algunos problemas de solución.


3.2.1. Fundamento de la obligación tributaria:

Desde el acta Constitucional de 31 de enero de 1894, hasta la Constitución de 1917, se ha facultado al Estado para que pueda exigir de los ciudadanos el traslado de una parte de su riqueza, aportaciones que en su origen se conocieron como tributos y que actualmente se denominan contribuciones.

Hay que tener en cuenta que hay contribuciones federales como el Impuesto sobre la Renta y el Impuesto al Valor Agregado, pero también existen contribuciones estatales o municipales. Así que si una persona reside en el Distrito Federal tendrá que cubrir los impuestos federales y los que señale el código financiero para el Distrito Federal.

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Elusión por Malvestiti PDF Imprimir Correo electrónico

Elusión, paraísos fiscales, donaciones, fideicomisos, evasión,...sigue participando

Malvestiti, Daniel

Fallo comentado: Cámara Nacional de Apelaciones en lo Penal Económico, sala A (CNPenalEconomico)(SalaA) ~ 2003/08/06 ~

Eurnekian, Eduardo s/inc. de apel. de proces. y prisión preventiva

1 - Introducción

Ciertos comunicados de prensa emitidos por el organismo recaudador pasan absolutamente desapercibidos a

pesar de la importancia del contenido de dicha información -generalmente transcripta en formato de

"telegrama"- sobre todo cuando alertan sobre novedades respecto de normas recién emitidas o hacen hincapié en

los resultados de los operativos que realiza la Administración Federal de Ingresos Públicos dentro de sus

amplias facultades de control.

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XXIV Jornadas Latinoamericanas de Derecho Tributario PDF Imprimir Correo electrónico

XXIV JORNADAS LATINOAMERICAS DE DERECHO TRIBUTARIO

Isla Margarita-Venezuela

19 al 24 de octubre 2008

Instituto Latinoamericano de Derecho Tributario

Asociación Venezolana de Derecho Tributario (AVDT)

TEMA 1

Dr. Oswaldo Anzola (Venezuela)

LA ELUSIÓN FISCAL Y LOS MEDIOS PARA EVITARLA.

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